Control de alcoholemia para peatones: ¿es legal?

El consumo de alcohol tiene muchos efectos negativos para nuestra salud, tanto a corto como a largo plazo. Cuando se está bajo los efectos del alcohol se pierde capacidad de concentración, atención, juicio y entendimiento, además de verse afectadas también las capacidades motoras. Parece evidente por lo tanto que el alcohol y la conducción son una pareja incompatible y que cuando uno se va a poner al volante de un vehículo no debería consumir nada de alcohol, ya que incluso dentro de las tasas de alcoholemia permitidas los reflejos no son los mismos que en condiciones de normalidad.

Se podría pensar, en todo caso, que el consumo de alcohol es lícito si no vamos a ponernos a los mandos de un vehículo. Sin embargo, hay que tener en cuenta que los agentes de tráfico pueden llevar a cabo test de alcoholemia incluso si no somos la persona encargada de estar a los mandos del coche. Y en este punto, la pregunta que muchos se hacen es si los peatones pueden verse sometidos a pruebas de alcohol. Antes de responder esta cuestión, conviene tener algunas cosas claras.

La historia de los controles de alcoholemiaEl alcohol como causa de siniestralidad en carreteraControl de alcoholemia a peatones: ¿es posible?Cuándo se realiza un control de alcoholemia a un peatónMultas por dar positivo en alcoholMultas para los conductores por dar positivo en alcoholMultas para los peatones por dar positivo en alcohol

La historia de los controles de alcoholemia

La Dirección General de Tráfico (DGT) comenzó a realizar controles de alcoholemia en carretera a los conductores en el año 1981. Desde entonces se han realizado más de 6,5 millones de test de alcoholemia sólo en las carreteras bajo el influjo de este organismo, puesto que en el País Vasco y Cataluña se encargan los agentes locales por tener transferidas las competencias de tráfico. A esta cifra hay que sumar los test de alcoholemia realizado en vías urbanas, que son en este caso competencia de los agentes de policía municipales.

Cabe señalar que durante estas más de cuatro décadas los métodos de detección de alcohol en sangre han evolucionado y ahora son mucho más rápidos, eficientes y presentan un margen de error mucho menor. En este sentido, conviene recordar que en España está permitido conducir con una tasa de alcoholemia que no supere los 0,25 mg/l en aire espirado -equivalente a 0,5 g/l de alcohol en sangre-, cantidad que se reduce a 0,15 mg/l en aire espirado -0,3 g/l en sangre- en el caso de los conductores nóveles y de los conductores profesionales.

El alcohol no es buen compañero de viaje. Al volante, cero alcohol

El alcohol como causa de siniestralidad en carretera

Pese a que los efectos del alcohol al volante son por todos conocidos, el consumo de alcohol sigue siendo una de las causas principales de siniestralidad vial en España. Según la DGT, con una tasa de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre -máximo permitido-, las probabilidades de sufrir una colisión se multiplican por dos. Además, si la tasa es de 0,8 gramos por litro, el riesgo de sufrir un accidente es cinco veces mayor. Datos que reflejan la grave incidencia del alcohol en la siniestralidad y mortalidad en carretera.

De hecho, de cada 100 accidentes de tráfico con víctimas mortales, entre el 30 y el 50% -según ejercicio- están vinculados con el consumo de alcohol. Teniendo esto en cuenta, de las 1.145 personas que fallecieron en los 1.048 siniestros mortales que se registraron durante 2023, en torno a 570 personas fallecieron en accidentes que tuvieron el consumo de alcohol como uno de los factores presente. Además, también la mitad de los heridos que requieren ingreso hospitalario por un accidente de tráfico es tras verse implicado en un percance con consumo de alcohol de por medio.

Test de alcoholemia a un peatón realizado por un agente de la policía local de Cartagena

Control de alcoholemia a peatones: ¿es posible?

Por todo lo dicho, cualquier conductor puede ser requerido para ser sometido a un control de alcoholemia, en todo tipo de vías, tanto urbanas como interurbanas. Así lo recoge la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, donde además se habilita a los agentes a realizar también un test de drogas si así lo consideran oportuno. Si el resultado es negativo, el conductor puede volver a la circulación, mientras que si es positivo hay una infracción administrativa y sanción económica que dependerá de la tasa de alcohol detectada.

¿Y los agentes pueden llevar a cabo test de alcoholemia a peatones? Pese a que no se trata de algo habitual, el artículo 12.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial recoge este supuesto y los peatones pueden verse sometidos a las pruebas de detección de alcohol o de drogas por parte de los agentes de policía encargados de este trámite. Eso sí, la normativa establece el supuesto concreto en el que el peatón está obligado a someterse a los test de alcoholemia, ya que no es una medida con carácter general.

Cuándo se realiza un control de alcoholemia a un peatón

En concreto, volviendo al referido artículo 12.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, los agentes de tráfico están habilitados a practicar los test de alcoholemia y/o drogas a un peatón siempre y cuando estos se vean implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción conforme a lo tipificado por la ley. Del texto se entiende que los peatones son considerados en última instancia como usuarios de la vía con responsabilidades y por ende susceptibles de someterse a esta prueba en el supuesto citado.

Eso sí, conviene dejar claro que un peatón no puede ser obligado a someterse a una prueba de alcohol o drogas si no se ha visto implicado de forma directa o indirecta en un accidente de tráfico o ha sido autor de una infracción de la normativa. En otras palabras, los agentes no tienen potestad para obligar a un viandante a someterse a los test de alcohol y/o drogas si el mismo se lleva a cabo dentro de una campaña de control o de vigilancia preventiva, sin accidente o infracción de por medio.

Conductores y peatones se exponen a severas multas económicas por dar positivo en los controles de alcoholemia

Multas por dar positivo en alcohol

Teniendo en cuenta el supuesto en el que un viandante sí debe realizar un control policial de alcohol o drogas, cabe remarcar que las sanciones económicas en caso de dar positivo en un test de alcoholemia son las mismas para conductores y peatones, aunque en el caso de los segundos no hay infracción administrativa asociada.

Multas para los conductores por dar positivo en alcohol

Según fija la normativa vigente en España, todo conductor que de positivo en una prueba de alcohol será sancionado. Como es lógico, todo menor no puede superar la tasa de 0,0 mg/l con una multa de 500 euros si no supera los 0,5 mg/l y de 1.000 euros si supera esta cifra. Además, se procederá a la retirada de 4 puntos del carnet de conducir salvo si están a los mandos de una bicicleta o un patinete eléctrico.

Para los conductores mayores de edad, si la tasa de alcohol está entre los 0,25 y los 0,5 mg/l en aire expirado, la sanción económica es de 500 euros y esta infracción supone la retirada de 4 puntos del carnet de conducir. La normativa contempla a su vez idéntica multa y sanción administrativa para los conductores nóveles y profesionales si la tasa de alcohol está entre los 0,15 y los 0,3 mg/l de aire expirado.

Por último, si la tasa de alcohol supera los 0,5 mg/l en conductores adultos o de 0,3 mg/l en conductores nóveles y profesionales, la multa asciende a los 1.000 euros, a lo que hay que añadir la retirada de 6 puntos del carnet de conducir. Además, aunque mucha gente no es consciente de ello, la normativa contempla también multas de 1.000 euros y pérdidas de 4 a 6 puntos -según tasa- para aquellos conductores que sean reincidentes. En caso de accidente con alcoholemia no permitida, el conductor se expone a penas de cárcel.

Las sanciones a viandantes por superar la tasa de alcohol permitida no conllevan pérdida de puntos en un eventual carnet de conducir

Multas para los peatones por dar positivo en alcohol

Por su parte, el peatón que viéndose involucrado en un accidente o siendo responsable de cometer una infracción sea sometido a un test de alcoholemia y de positivo, según las tasas ya descritas, también recibirá una multa. Esta sanción económica será idéntica a la impuesta a un conductor con la misma tasa, aunque en ningún caso la sanción conlleva la pérdida de puntos del carnet de conducir si el viandante lo tuviera.

Además, cabe recordar que cualquier conductor, pasajero de vehículo o peatón que se niegue a someterse a las pruebas de alcohol y/o drogas por parte de los agentes en los supuestos en los que están obligados a atender a esta petición, la ley prevé multas de hasta 1.000 euros.

El artículo Control de alcoholemia para peatones: ¿es legal? fue publicado originalmente en Urban Tecno.

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